El Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI) emitió una aclaratoria sobre los elementos que no pueden ser certificados bajo la Ley sobre el Derecho de Autor en Venezuela. El organismo precisó que los textos y actos oficiales, como leyes, decretos y reglamentos, son considerados de dominio público según lo establecido en el artículo 4 de la normativa vigente.
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SAPI detalla qué creaciones no pueden registrarse bajo la Ley sobre el Derecho de Autor
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