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Reforma a la Ley contra el Odio sustituye penas de cárcel por multas

Legislación

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La propuesta de reforma legislativa reemplaza las penas de 10 a 20 años de cárcel por multas en bolívares, las cuales oscilarán entre 500 y 10.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor fijado por el Banco Central de Venezuela (BCV). Esta modificación busca transformar el enfoque punitivo de la norma, que pasará a denominarse Ley para la Convivencia Democrática, la Paz y la Tolerancia.

De acuerdo con el proyecto, las infracciones incluyen discursos de odio, incitación a la guerra, hostigamiento y mensajes discriminatorios. El Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz será el encargado de determinar el monto de las sanciones, evaluando factores como la gravedad, la intencionalidad y la reincidencia. Los infractores dispondrán de 30 días para cancelar la multa en la banca pública, aunque el ministerio podrá sustituir este pago por penas alternativas, como entre 200 y 600 horas de trabajo comunitario o programas de formación en cultura de paz.

La reforma también contempla la creación de una Comisión para la Promoción y Garantía de la Convivencia, integrada por representantes de diversos poderes públicos y organizaciones sociales. Asimismo, se aclara que el ejercicio del periodismo y la libre opinión política no serán considerados discursos de odio, siempre que no impliquen una incitación directa a la violencia.

En cuanto al sector comunicacional, la normativa obliga a los prestadores de servicios de radio, televisión y medios impresos a promover la convivencia democrática, pudiendo el Estado exigir la transmisión de mensajes específicos por hasta 30 minutos semanales. Esta responsabilidad se extiende a las plataformas digitales y administradores de redes sociales, quienes deberán implementar medidas preventivas y retirar de inmediato cualquier contenido que promueva la violencia, la discriminación o la propaganda de guerra.

Con información de noticiascol.com

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