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Embajada de EEUU en México anuncia cambios obligatorios para familias: nuevos requisitos

Trámites migratorios

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Recientemente, la representación diplomática de Estados Unidos en territorio mexicano dio a conocer modificaciones sustanciales en el procedimiento para gestionar la visa de turista destinada a grupos familiares.

Desde el presente mes, las autoridades consulares han establecido nuevos criterios obligatorios que los núcleos familiares deben cumplir estrictamente para prevenir el rechazo de sus expedientes o demoras innecesarias en el curso de su trámite migratorio.

Mediante su perfil oficial en la red social X, la Embajada aclaró que esta disposición no contempla excepciones basadas en la edad, lo que implica que tanto menores de edad como adultos mayores están sujetos a cumplir con esta normativa sin distinción.

Nuevas directrices para la entrevista de visa familiar

El ajuste principal radica en la obligatoriedad de que cada uno de los miembros del grupo familiar se presente físicamente a la entrevista consular. Expertos en materia migratoria sugieren a los interesados verificar con antelación tanto la fecha como la sede asignada para garantizar la asistencia de todos los integrantes. Es fundamental que cada solicitante prepare una carpeta individual con la documentación requerida al momento de su comparecencia.

Los recaudos indispensables para cada individuo incluyen:

  • El formulario DS-160 impreso
  • Pasaporte con vigencia actual
  • Comprobante de pago de la tarifa consular
  • Acta de nacimiento y una fotografía reciente

Durante la entrevista, el funcionario consular interrogará a los solicitantes sobre los propósitos del viaje, la solvencia económica del grupo familiar y los vínculos que aseguren su retorno a México.

Casos exentos de la comparecencia presencial

La reciente normativa de la Embajada estadounidense contempla ciertas excepciones puntuales. La exigencia de asistencia presencial para todo el grupo familiar no aplica para aquellos que gestionen visados de carácter diplomático u oficial.

Asimismo, quedan excluidos de esta medida los ciudadanos que se encuentren en proceso de renovación de sus permisos de turista o de trabajo agrícola temporal, siempre que dicho trámite sea realizado dentro de un periodo no mayor a los 12 meses posteriores al vencimiento del documento previo.

Con información de noticiascol.com

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