Según la sentencia N° 077-2020, con ponencia del magistrado Luis Fernando Damiani Bustillos, “se nombra una Junta Directiva Ad Hoc para llevar adelante el proceso de reestructuración necesario de la mencionada organización con fines políticos, presidida por José Gregorio Noriega Figueroa”.
Asimismo, señalan que la Junta Directiva Ad Hoc estará además conformada por Guillermo Antonio Luces Osorio, como secretario general; y Lucila Ángela Pacheco Bravo, como secretaria de organización; “para que cumplan las funciones directivas y de representación de Voluntad Popular, así como la designación de autoridades regionales, municipales y locales”.
La sentencia destaca que también podrán utilizar la tarjeta electoral, el logo, símbolos, emblemas, colores y cualquier otro concepto propio de Voluntad Popular, además, se suspenden de manera provisional los actos de expulsión o exclusión partidista, suspensión, entre otros, efectuados por los directivos de la dirección nacional política de dicha organización con fines políticos contra sus militantes y, específicamente, las que recaen sobre los ciudadanos accionantes.