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​»Los recursos no pueden manejarse en secreto»: Vecinos de Cabimas exigen cuentas claras sobre el presupuesto 2026

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Habitantes y representantes de diversas comunidades del municipio Cabimas denuncian un prolongado silencio administrativo por parte del cuerpo edilicio local, tras cumplirse el plazo legal sin obtener respuestas sobre el Plan de Inversión del Ejercicio Fiscal 2026.

​Los ciudadanos representados por el Ing. Juan Quevedo, coordinador municipal de Alianza Bravo Pueblo, recuerdan que la transparencia en la gestión pública no constituye un favor, sino una obligación constitucional inexcusable para quienes ocupan cargos de elección popular.

Tal aseveración explicó Quevedo surge ante la falta de pronunciamiento formal por parte de los Ediles de la Cámara Municipal frente a las necesidades planteadas por los consejos comunales y miembros de ABP, quienes piden información del presupuesto para obras fundamentalmente en materia de servicios pûblicos.

«Ante este retraso se vieron en la imperiosa necesidad de introducir el pasado 13 de julio una solicitud formal por escrito ante el órgano legislativo local, dónde exigen el acceso directo al Plan de Inversión de la Alcaldía del municipio para el año 2026, para conocer las prioridades asignadas a cada parroquia, las obras a ejecutar y el destino de los recursos públicos» enfatizó el coordinador municipal de ABP.

Los habitantes de varios sectores han señalado que, al desconocer estos proyectos oficiales, se entorpece la puesta en marcha de iniciativas de autogestión vecinal, generando el riesgo de duplicidad, contratiempos y un uso ineficiente de los fondos de la localidad.

​Vulneración del marco legal vigente

​Hasta la fecha, la petición ciudadana ha sido ignorada por la Cámara Municipal. «Esta omisión vulnera de forma flagrante:
​El artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra el derecho a petición y obliga a las autoridades a dar oportuna y adecuada respuesta», indico Quevedo.

​Agregando que también se viola el artículo 143 que garantiza el derecho de los ciudadanos a ser informados oportunamente por la Administración Pública y el artículo 5 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM), el cual impone la obligación indeclinable de rendición de cuentas y garantía de participación ciudadana. Así como
​el artículo 259 de la LOPPM, que faculta a los habitantes a exigir información completa y veraz sobre las decisiones y planes locales.

​Destao Quevedo junto a los denunciantes que “los ciudadanos no podemos ser tratados como actores pasivos; los recursos del municipio Cabimas deben invertirse a la luz pública, no bajo la sombra del secreto de una oficina”.

​Finalmente, reiteraron que todo plan de desarrollo local debe construirse mediante la participación activa y prioritaria de las comunidades, garantizando que las obras respondan de manera efectiva a las verdaderas necesidades sociales de la población.

Nota de Prensa
Lcda. Leidys Barrientos
Cnpcol 6431

Con información de Leidys Barrientos CNPCOL: 6.430

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