El cuerpo normativo, que recibió el respaldo total del plenario, tiene como objetivo principal la regulación de las actividades de exploración, extracción, transporte, refinación y venta de los recursos energéticos nacionales. Según informó el parlamento, esta reforma se sustenta en los principios de soberanía energética, el dominio del Estado sobre los yacimientos y la protección del medio ambiente.
Participación empresarial y seguridad jurídica
La reforma introduce modificaciones significativas en el modelo de participación industrial. El artículo 23 fue ajustado para estipular que las actividades primarias serán desarrolladas por el Ejecutivo Nacional, a través de empresas mixtas con mayoría estatal, o mediante la inclusión de compañías privadas con domicilio en Venezuela, bajo la figura de contratos específicos con el Estado.
Para fomentar la llegada de capital, el artículo 8 incorpora vías para la resolución de disputas, como el arbitraje o el recurso a tribunales competentes. Adicionalmente, la ley persigue asegurar el equilibrio económico y financiero de los proyectos, protegiéndolos de eventuales cambios en la regulación o en la política fiscal.
Nuevo esquema fiscal y de comercialización
En materia impositiva, el artículo 51 establece una regalía que puede alcanzar hasta un 30%. De igual forma, se instituye el Impuesto Integrado de Hidrocarburos, con una alícuota de hasta el 15% calculada sobre los ingresos brutos.
Con la finalidad de mejorar la liquidez de las empresas operadoras, se derogan otras obligaciones tributarias, entre ellas el Impuesto a los Grandes Patrimonios y diversas contribuciones especiales.
Respecto a la comercialización, los artículos 68 y 69 otorgan al ministerio competente la potestad de permitir a las operadoras la venta directa de sus cuotas de producción, siempre con la condición de mantener precios competitivos en el mercado y garantizar el abastecimiento interno.