El texto legal, compuesto por 130 artículos, fue aprobado por unanimidad tras superar tres debates parlamentarios. Es importante destacar que esta es la primera modificación profunda a la normativa desde 1999, cuando fue establecida mediante decreto por el entonces presidente Hugo Chávez. Ahora, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) deberá validar su constitucionalidad antes de que sea promulgada oficialmente.
De acuerdo con la Comisión Permanente de Energía y Petróleo, liderada por el diputado Orlando Camacho, el propósito es actualizar el marco regulatorio y definir nuevas pautas para la gestión de los recursos minerales en el territorio nacional.
Detalles clave de la normativa
El artículo 11, numeral 5, otorga al Ministerio de Minas la facultad de fomentar la inversión privada, tanto nacional como extranjera, bajo un esquema que promete seguridad jurídica. Asimismo, se reconoce la minería artesanal ejercida por personas naturales.
En cuanto a la resolución de conflictos, el artículo 9 estipula que, si no se logra un acuerdo amistoso, las partes podrán recurrir a tribunales o utilizar mecanismos alternativos como la mediación y el arbitraje.
Las concesiones mineras tendrán una vigencia de 30 años, con posibilidad de prórrogas por dos períodos adicionales de hasta 10 años cada uno. La actividad se clasifica en pequeña, mediana y gran minería (artículos 79 al 82).
El esquema de regalías, definido en el artículo 91, establece un pago de hasta el 13 % sobre la producción bruta, basado en el valor comercial final. El Ministerio tendrá la potestad de exigir estos pagos en moneda nacional o en especie. Además, se fija un régimen tributario con una alícuota de hasta el 6 % como impuesto minero, quedando exentos tributos como el impuesto a los grandes patrimonios y contribuciones especiales destinadas a ciencia, deporte o pensiones.
Responsabilidad y sanciones
El oficialismo ha enfatizado que las empresas serán responsables de reparar cualquier daño ambiental derivado de sus operaciones. Se han fijado multas administrativas que oscilan entre 1.000 y 100.000 veces el valor de la moneda de mayor denominación para quienes contaminen fuentes hídricas, bosques o áreas protegidas. También se castigará la invasión de concesiones mineras ajenas.
La ley otorga un plazo de un año para que los actores del sector se adapten a las nuevas reglas y 180 días para que la AN apruebe el reglamento correspondiente. Adicionalmente, en un lapso de 30 días, se deberá presentar al Ejecutivo la lista de minerales estratégicos reservados.
Voces críticas
Organizaciones defensoras de los derechos humanos han cuestionado la ley, calificándola como un intento de dar legalidad al saqueo en la Amazonía y el Escudo Guayanés. Rechazan el concepto de «Desarrollo Minero Ecológico», argumentando que la minería de oro es inherentemente destructiva y que la normativa otorga demasiada discrecionalidad al Ejecutivo en la gestión y fiscalización del sector.