A través de su cuenta de Instagram, el IVSS detalla cómo gestionar los trámites en sus oficinas administrativas a nivel nacional para cotizar bajo la modalidad de Continuidad Facultativa, dirigida a extrabajadores de empresas.
La Continuidad Facultativa se refiere al pago de las semanas o cotizaciones que un extrabajador necesita para poder solicitar su pensión. Esta afiliación voluntaria, ya sea como Continuidad Facultativa o como trabajador no dependiente, es un derecho establecido en la Ley del Seguro Social y su Reglamento.
Para iniciar el trámite, el interesado debe acudir a la oficina administrativa del IVSS más cercana a su lugar de residencia con toda la documentación necesaria.
Requisitos para la cotización por Continuidad Facultativa:
- Cédula de identidad vigente (original y copia).
- Copia del Registro de Información Fiscal (RIF) actualizado.
- Planilla Forma 14-196.
Dicha planilla se puede descargar desde el portal web del Seguro Social, www.ivss.gov.ve. En el menú, se debe buscar la sección “Biblioteca de Formas”, seleccionar “Solicitud de Inscripción Continuación Facultativa y no Dependiente (Forma 14-196)”, completarla y presentarla junto con los demás recaudos en la oficina del IVSS correspondiente.
Es importante que los solicitantes sepan que todos estos trámites son completamente gratuitos. Se debe recordar que para acceder a la pensión por vejez, se requiere un mínimo de 750 semanas cotizadas.
Los ciudadanos que han cesado su relación laboral con una empresa o institución pública pueden registrarse mediante la Continuidad Facultativa y cotizar como trabajadores autónomos.
Los pagos de las cotizaciones son mensuales. Si ocurre un retraso en el pago superior a 30 días, se podrá reanudar la cotización una vez que se salde la cuota pendiente.
Las cuotas se pueden pagar directamente en las agencias de bancos nacionales, como el Banco de Venezuela, o mediante la plataforma digital del IVSS.
“El valor en bolívares de la cuota se basa en el salario que declare el trabajador No Dependiente, calculándose el 13% de dicho monto (4% del trabajador + 9% del empleador). El pago puede realizarse en la taquilla bancaria o por transferencia si el trabajador posee una cuenta en esa entidad”, explicó una funcionaria del IVSS que prefirió mantener el anonimato.
¿Quiénes tienen la posibilidad de completar sus cotizaciones?
La legislación permite que trabajadores de diversos oficios como mototaxistas, peluqueros, taxistas, artistas, carpinteros y otros profesionales que prestan servicios de forma autónoma, puedan cotizar en el IVSS.
Al realizar sus cotizaciones, el trabajador obtiene acceso a beneficios como atención médica, pago de reposos y otras prestaciones.
Consulta de la Cuenta Individual
Para que un trabajador independiente pueda verificar con precisión el número de cotizaciones que posee y, por ende, cuántas le faltan por pagar al IVSS, debe consultar su Cuenta Individual en el sitio web del instituto.
La consulta se realiza en cuatro simples pasos:
- Acceder al portal web del Seguro Social: www.ivss.gov.ve.
- Ir a la sección de “Consultas” y hacer clic en “Cuenta Individual”.
- Introducir la nacionalidad, el número de cédula de identidad y la fecha de nacimiento.
- El sistema mostrará la planilla de Cuenta Individual con toda la información detallada sobre las cotizaciones acumuladas desde la primera inscripción en el IVSS.
Con la información de su Cuenta Individual, el solicitante podrá conocer el número exacto de cotizaciones que necesita completar.