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Estos son los bancos autorizados para cambiar divisas, precios de arranque y requisitos

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El Banco Bicentenario compartió en su portal oficial el listado de agencias autorizadas en Caracas para el inicio de las “mesas de cambio”, nuevo sistema cambiario que entrará en vigencia en el país este lunes 13 de mayo.

A través de la resolución N° 19-05-01, recordemos, se autorizó la creación de este mecanismo, mediante el cual las personas (naturales y jurídicas) podrán comprar y vender divisas extranjeras.

A continuación el listado de las agencias:

Oficinas: Av. Universidad, Gran Abasto Bicentenario, La Castellana, Chacaíto, Oficina Principal, Sambil, San Martín, Los Próceres, Las Mercedes, C.C.C.T, Tolón, Paseo El Hatillo, La Boyera.

En 5.202,57 bolívares soberanos quedó fijado el precio del dólar en la centésima cuadragésima quinta subasta del Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (Dicom), mecanismo que desde este lunes 13 de mayo será sustituido por las “mesas de cambio”.

Por su parte, la divisa norteamericana se cotizó este sábado 11 de mayo en el denominado mercado paralelo en 5.790,21 bolívares soberanos.

Este lunes, recordemos, entrará en vigencia en el país nuevo esquema de cambio que autoriza a los bancos públicos y privados a servir de intermediarios en las operaciones (compra y venta) de moneda extranjera a través de “mesas de cambio”.

REQUISITOS:

Este lunes, entra en vigencia en el país el nuevo esquema de cambio que autoriza a los bancos públicos y privados a servir de intermediarios en las operaciones (compra y venta) de moneda extranjera a través de “mesas de cambio”.

De acuerdo con la resolución N° 19-05-01, emanada del Banco Central de Venezuela (BCV), los acuerdos incluyen a las operaciones interbancarias, transacciones entre personas jurídicas y naturales del sector privado, organismos internacionales, representaciones diplomáticas y sus funcionarios.

Los interesados en presentar cotizaciones de oferta o demanda a través de este nuevo sistema, de acuerdo al artículo 6 de la resolución, podrán hacerlo sin restricción siempre y cuando cumplan con los requisitos: haber llenado satisfactoriamente los procesos correspondientes ante el operador cambiario y ser cliente del banco en el cual esté operando.

Con información de noticiascol/agencias

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