La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia estableció que una vez concluido el descanso post natal (de seis meses), la madre lactante podrá solicitar licencia para la alimentación complementaria de su bebé por un tiempo máximo de dos años, según se expone en la sentencia N° 991 difundida este 30 de noviembre.
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¿Cómo es la licencia para la alimentación complementaria?
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Con información de elmundo.com
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