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Ya en Gaceta Oficial la Ley para la Celeridad de Trámites Administrativos: conozca sus implicaciones

Las instituciones del Estado deberán ajustar sus procedimientos en un lapso máximo de seis meses para mejorar la atención al ciudadano

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La recién promulgada Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos tiene como objetivo principal erradicar la burocracia, fomentar la digitalización y hacer más eficientes las gestiones ante los organismos públicos del país. Esta normativa, compuesta por un articulado de entre 12 y 13 secciones, otorga facultades al Ejecutivo Nacional para suprimir cualquier requisito que se considere innecesario para el ciudadano.

El pasado 16 de abril se confirmó la publicación de este instrumento legal en la Gaceta Oficial número 7.018, con fecha del 8 de abril. Según las declaraciones del presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, esta legislación surge con el propósito de minimizar las trabas que históricamente han afectado los procesos administrativos en las instituciones estatales.

Durante la sesión parlamentaria del 26 de marzo, Rodríguez manifestó su esperanza de que esta ley permita superar el calvario que enfrentan los venezolanos al realizar gestiones en las taquillas de atención.

Como parte de las nuevas disposiciones, se ha ordenado que cada ente de la administración pública nombre a un responsable encargado de velar por la celeridad y optimización de los trámites. Este funcionario tendrá la responsabilidad de coordinar con otras instituciones para obtener la documentación necesaria, evitando así que las solicitudes de los ciudadanos queden estancadas.

Plazos y vigencia

Las instituciones públicas cuentan con un periodo máximo de 180 días continuos, a partir del 16 de abril, para adaptar sus procedimientos a los nuevos estándares de eficiencia establecidos en la ley. Asimismo, dentro de las disposiciones transitorias, se ha instruido el inicio del proceso de liquidación del Instituto Nacional de Gestión Eficiente de Trámites y Permisos, el cual deberá completarse en un lapso no mayor a 180 días tras la entrada en vigor de la normativa.

Con información de noticiascol.com

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