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Sudeban flexibiliza requisitos para abrir cuentas bancarias de personas naturales

|Con información de www.noticiascol.com
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La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario de Venezuela (Sudeban) informó que se flexibilizan los requisitos para abrir cuentas bancarias para personas naturales.

Esto, con el objetivo de igualar las oportunidades en la bancarización y ajustarse a las normativas de prevención de legitimación de capitales, entre otros.

Una circular emitida por el ente detalló que para cuentas corrientes y de ahorro de nivel 1 los requisitos incluyen la cédula de identidad laminada del solicitante, vigente o vencida, y la dirección del titular. Mientras que para los extranjeros se requerirá el pasaporte legible.

Sudeban afirma que estas cuentas permitirán movilizar mensualmente hasta 700 veces el tipo de cambio oficial en divisas publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV).

Para las cuentas de nivel 2 con características similares, los usuarios podrán movilizar mensualmente montos superiores a 700 veces el tipo de cambio oficial en moneda extranjera publicado por el BCV.

Sin embargo, para esto los bancos deberán solicitar, además, copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) vigente del titular. También una certificación de ingresos o una constancia de trabajo. Todo de acuerdo con la actividad económica del solicitante.

Para las cuentas en moneda extranjera, se mantendrán los mismos requisitos y limitaciones. Todos estos ajustados al tipo de cambio establecido por el BCV.

La Sudeban también informó que la apertura de cuentas requerirá una entrevista con el solicitante. La misma podrá ser presencial o a través de medios virtuales autorizados por la institución.

Las personas jurídicas seguirán sujetas a los requisitos anteriormente establecidos. Cualquier incumplimiento será sancionado de acuerdo con la normativa vigente del sector bancario

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