La Sala Constitucional del TSJ anuló la disposición a petición del defensor del pueblo, Alfredo Ruiz, argumentando que carecía de suficiente claridad y precisión jurídica en lo que respecta a la conducta que pretendía sancionar. La norma imponía una pena de 1 a 3 años de cárcel al militar que cometiera “actos sexuales contra natura”, sin definir qué debe entenderse por tales actos, lo cual vulneraba los principios constitucionales.
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TSJ despenaliza las relaciones homosexuales dentro de la Fuerza Armada Nacionales
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Con información de diariocontraste
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