Durante este lapso, las actividades en los tribunales estarán paralizadas y los lapsos procesales no correrán, de acuerdo con la información difundida por el máximo órgano judicial el pasado jueves 6 de agosto. No obstante, el documento aclara que esta pausa no impide la realización de diligencias urgentes necesarias para salvaguardar los derechos de las partes involucradas.
Un punto relevante de la normativa es que los magistrados y jueces que cuenten con menos de un año de antigüedad en sus funciones no serán beneficiarios de este receso.
A pesar de la medida, los procesos vinculados a amparos constitucionales seguirán su curso habitual, considerándose todos los días como hábiles para esta materia. Asimismo, las Salas Constitucional y Electoral mantendrán personal de guardia, al igual que los tribunales penales, los cuales garantizarán la continuidad del servicio de justicia bajo lo previsto en el artículo 156 del Código Orgánico Procesal Penal.
De igual manera, se mantendrán operativos los tribunales de la jurisdicción civil especial, enfocados en brindar atención prioritaria a los ciudadanos damnificados por el doblete sísmico registrado el 24 de junio.
Finalmente, la Comisión Judicial y la Inspectoría General de Tribunales han sido instruidas para organizar los sistemas de guardia necesarios para la supervisión y vigilancia, además de gestionar con celeridad cualquier inquietud o reclamo derivado de la aplicación de esta resolución.